Modelo de contrato a plazo fijo en Bolivia: derechos y procedimiento laboral 2024

CONTRATO DE TRABAJO PRIMERA.-(PARTES INTERVINIENTES): EMPLEADOR: «NOMBRE GERENTE», mayor de edad, y hábil por derecho, con C.I. Nº «CI» expedido en «LUGAR» en representación legal de la empresa ___S.A. conforme al Poder Nº «Nro PODER DE GERENTE» otorgado en fecha «FECHA PODER DE GERENTE» por ante la Notaría de fe Pública del Dr.” «NOMBRE NOTARIO»”. EMPLEADO: «NOMBRE EMPLEADO» mayor de edad, hábil por derecho, con C.I. Nº «CI» expedido en «LUGAR», con domicilio real en «DOMICILIO». SEGUNDA.- (OBJETO).- Conste que yo «NOMBRE EMPLEADO» he sido contratado para desempeñar el cargo de «CARGO» en ____S.A.” para realizar las tareas de: 1. «ENUMERE DE FORMA DETALLADA, LAS TAREAS A DESEMPEÑAR» 2. y las que me sean asignadas mediante instrucción escrita emanada del EMPLEADOR. Asimismo, reconozco que todo producto o resultado emergente de mis labores son propiedad absoluta y exclusiva de la empresa. Adicionalmente me comprometo a aportar voluntariamente un porcentaje de mi salario, para el fondo del Club Social de Trabajadores _______, al que voluntariamente me afilio y autorizo a la empresa a debitar de mi salario mensual para fomentar nuestro desarrollo integral. EL EMPLEADOR, acepta el compromiso asumido por el trabajador en las condiciones establecidas anteriormente, reconociéndole un salario mensual de Bs. «SUELDON_T».- («SUELDOL» 00/100 BOLIVIANOS). De ésta suma, que constituye el total ganado, se le efectuarán los descuentos establecidos y admitidos por las leyes aplicables. TERCERA.- (PLAZO Y CONCLUSIÓN DEL CONTRATO).- El presente contrato es suscrito A PLAZO FIJO por lo cual se establece una duración y vigencia efectiva de «Nº DE DÍAS», computables a partir del «FECHA DE INICIO» hasta el «FECHA DE TÉRMINO», fecha en la que cesará en todos sus efectos, sin necesidad de ningún aviso judicial o extrajudicial, no habiendo lugar a la tácita reconducción del contrato. El presente contrato es rescindible o concluye en sus efectos por las siguientes causales: a) Por cumplimiento del contrato debido a la conclusión del plazo pactado. b) Si el trabajador incurre en causales de despido previstas en los Arts. 16 de la L.G.T. Art. 9 de su reglamento, o por aplicación del Art. 12 de la L.G.T., y/o la renuncia expresa del EMPLEADO, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan. c) Si de cualquier manera, concluye la concesión otorgada a la empresa ABC S.A. por la Aduana Nacional. CUARTA.- (DECLARACIÓN JURADA).- El trabajador declara haber tomado conocimiento y comprender las limitaciones establecidas para su contratación en el Art. 71º del Reglamento de Concesión, declarando que no tiene impedimento o prohibición alguna que quebrante el mencionado Artículo, asumiendo todas las responsabilidades emergentes en caso de que la empresa compruebe lo contrario. QUINTA.- (HEREDEROS) Para efectos legales EL TRABAJADOR reconoce y declara como herederos suyos a éstas personas: INSERTAR TABLA QUE INDIQUE: NOMBRE COMPLETO, EDAD, DOCUMENTO DE IDENTIDAD (Si posee), FILIACIÓN O PARENTESCO SEXTA.- (ACEPTACIÓN).- Este contrato constituye ley entre partes y es firmado por ellas en doble ejemplar original y una copia de igual contenido y valor legal, en señal de conformidad con cada una de las cláusulas y condiciones que se detallan precedentemente, obligándose a su leal y estricto cumplimiento. La Paz, XX de XXXXX del año 20XX. «NOMBRE» «NOMBRE» EMPLEADOR EMPLEADO

 Favor notar que el contrato proporcionado es referencial, ya que el mismo debe ser modificado para las particularidades de la empresa y del cargo. 

¿Qué es un contrato a plazo fijo?

Un contrato a plazo fijo es un acuerdo laboral en el cual se establece que la relación de trabajo tendrá una duración determinada, es decir, por un período de tiempo específico.

En Bolivia, este tipo de contrato se encuentra regulado por la siguiente normativa:

  • Ley General del Trabajo,
  • Reglamento a la Ley General del Trabajo.
  • Resolución Ministerial 283/62 de 13 de junio de 1962
  • La Resolución Ministerial No.193/72 de 15 de mayo de 1972
  • El Decreto Ley 16187 de 16 de febrero de 1979
  • Resolución Administrativa MT 2007 650 de 27 de Abril, 2007

Cuales son las caracteristicas de este tipo de contrato?

Los contratos de trabajo a plazo fijo son comunes para tareas propias y no permanentes, bajo el entendido de que son aquellas que siendo vinculadas al giro habitual o principal actividad económica de la empresa, se caracterizan por ser extraordinariamente temporales.

Al respecto, la R.A. 650, aclara que las tareas propias y permanentes son aquellas vinculadas al giro habitual o principal actividad económica de la empresa, aquellas sin las cuales no tendría objeto la existencia de la unidad económica, siendo las siguientes:

a) Las tareas de suplencia por licencia, bajas médicas, descansos pre y post natales, declaratorias en comisión;

b) Las tareas por cierto tiempo por necesidades de temporada (art. 3 del D.L. 16187) exigencias circunstanciales del mercado, demanda extraordinaria de productos o servicios, que requieran contratación adicional de trabajadores; y

c) Las tareas por cierto tiempo en organizaciones o entidades, cuya fecha de cierre o conclusión de actividades se encuentre predeterminada

Su duracion es hasta un año y son utiles para tareas propias no permanentes de la empresa, obligatoriamente deben ser contratos escritos y deben ser visados por la Jefatura de Trabajo, no esta permitido mas de dos contratos a plazo fijo.

Ahora bien, para poder entender correctamente lo que implica un contrato a plazo fijo pasaremos a analizar la estructura y elementos que deben concurrir para su elaboración.

¿Que datos se debe insertar?

Cuanto se redacta un contrato, es recomendable realizar una breve exposición del propósito del contrato a plazo fijo, conforme a lo indicado anteriormente, por lo demas, el contrato debe contener lo siguiente:

1. Datos generales

Se puede insertar una introducción o Atecedentes ello para que el contexto del contrato quede claro desde el primer momento, luego se debe insertar los datos generales de las partes, tanto de la empresa y su representante legal como del empleado que se contratara a plazo fijo, generalmente la clausula se la conoce como (Partes) o (Antecedentes y Partes).

2. Normativa y justificación

Es necesario mencionar la normativa legal aplicable, ello a objeto de colocar el marco juridico a la vista el ambas partes, asimismo, se puede mencionar la justificación para la realización del contrato.

Puede mencionarse la normativa como marco legal, haciendo notar aun mas la naturaleza termporal del contrato.

En cuanto a la justificación, se debe mencionar alguno de los supuestos mencionados en la Resolución Administrativa 650/2007, la cuales deben ser propias y no permanentes, como por ejemplo: las suplencias, exigencias del mercado, bajas medicas, etc.

3. Objeto, Vigencia y duracion

Se debe establecer con claridad el objeto del contrato, definiendo las fechas de inicio y finalización.

La posibilidad de renovación se plantea, pero se subraya la incertidumbre sobre la continuidad, brindando transparencia a ambas partes.

No se debe confundir «Renovacion» con «Prorroga«, ya que esta ultima se da dentro del periodo del año de duracion del contrato por unica vez, no estado permitida una segunda prorroga.

4. Remuneración:

La remuneración se especifica detalladamente, indicando el salario básico de la trabajadora o trabajador, y las deducciones legales.

Se vincula esta información a la Descripción del Cargo y Responsabilidades adjunta para mayor claridad.

5. Derechos de la Trabajadora:

Se enumeran los derechos de la trabajadora, desde la percepción regular del salario hasta la estabilidad laboral temporal, subrayando la adhesión a los principios de la LGT.

6. Obligaciones de la Trabajadora o Trabajador:

Las obligaciones de la trabajadora o trabajador se detallan minuciosamente, desde el cumplimiento estricto de la Descripción del Cargo y Responsabilidades hasta el respeto de normativas y reglamentos laborales y de seguridad.

7. Transferencias y Comisiones:

Se establecen las condiciones bajo las cuales el empleador puede transferir a la trabajadora, garantizando que tales acciones estén respaldadas por necesidades empresariales y especificando el alcance geográfico de dichas transferencias.

8. Propiedad de los Resultados Obtenidos por la Trabajadora:

Se establece claramente que los resultados del trabajo pertenecen exclusivamente al empleador, reforzando la idea de propiedad y confidencialidad.

9. Prohibiciones:

Se enumeran las acciones prohibidas para la trabajadora, asegurando que estén alineadas con las normativas laborales y de conducta de la empresa, proporcionando una guía clara para el comportamiento laboral.

10. Documentación:

Se especifica la documentación que forma parte integral del contrato, incluyendo el examen médico pre-ocupacional y otros documentos personales como la lista de descendientes y ascendientes para fines de herencia, asegurando el cumplimiento con las disposiciones legales.

11. Examen Post Ocupacional:

Se establece la obligación de la trabajadora de someterse a un examen post ocupacional al finalizar la relación laboral, vinculándolo a la continuidad de beneficios de asistencia de salud por un período determinado después de la desvinculación.

12. Aceptación:

La cláusula de aceptación y la firma finalizan el contrato, subrayando la conformidad de ambas partes con los términos establecidos.

Preguntas Frecuentes

¿En los contratos a plazo fijo existe el periodo de prueba?

Dado que se trata de un contrato a plazo fijo, no se aplica un período de prueba. Esta disposición refleja la naturaleza temporal de la relación laboral.

En tal sentido es muy importante realizar una adecuada selección del personal contratar a plazo fijo, puesto que si no cumple con las espectativas o lo requerido para el cargo, la situacion se complica para el empleador puesto que no podra prescindir de los servicios sin causa legal.

¿En los contratos a plazo fijo existe la inamovilidad por maternidad?

En los casos de paternidad o maternidad se aplicará el Decreto Supremo 012 de 19/02/2009 cuyo artículo 5 regula: «La inamovilidad laboral no se aplicará en contratos de trabajo que por su naturaleza sean temporales, eventuales o en contratos de obra; salvo las relaciones laborales en las que bajo estas u otras modalidades se intente eludir el alcance de esta norma. En este último caso corresponderá el beneficio

¿Cuáles son los derechos laborales de un trabajador contratado a plazo fijo en Bolivia?

Los derechos laborales de un trabajador contratado a plazo fijo en Bolivia están protegidos por la Ley General del Trabajo y otras normas complementarias, por tanto un trabajador a plazo fijo goza de los mismos derechos que un trabajador a plazo indefinido, dentro de la duracion del contrato, es decir, que la diferencia principal es la duracion del contrato.

¿Qué procedimiento debe seguirse para la renovación de un contrato a plazo fijo en Bolivia?

Se debe entender por renovación como la suscripción de otro contrato, previa demostración de la necesidad de renovacion ante el Ministerio de Trabajo, por otro periodo no mayor a un año.

Las formalidades recomendadas para realizar esta reonvac

La Resolución Ministerial No.283/62: establece que: «… el contrato de trabajo se pacta esencialmente por tiempo indefinido. Sin embargo, podrá ser limitado en su duración si así lo impone la naturaleza misma de la obra a ejecutarse o del servicio a prestarse. En este caso el contrato deberá ser forzosa e imprescindiblemente suscrito en forma escrita y su duración no excederá de un año; podrá ser renovado por una sola vez, siempre que el empleador pruebe ante la autoridad administrativa competente la necesidad absoluta de renovación que en ningún caso se extenderá por más de un año. Si vencido el término estipulado subsisten las actividades para las que el trabajador fue contratado, se operará la tácita reconducción del contrato por tiempo indefinido.«

¿Cuáles son las causas legales para la terminación anticipada de un contrato a plazo fijo en Bolivia y qué derechos tiene el trabajador en este caso?

Se entiende como causales de despido con causa justificada las determinadas por el articulo. 16 de la Ley General del Trabajo y art. 9 del Decreto Reglamentario a la LGT, que incluyen el incumplimiento total o parcial del contrato laboral.

Artículo 16. de la Ley General del TrabajoNo habrá lugar a desahucio ni indemni­zación cuando exista una de las siguientes causales:

a). — Perjuicio material causado con intención en los instrumentos de trabajo;

b). — Revelación de secretos industriales;

c). — Omisiones o imprudencias que afecten a la seguridad o higiene industrial;

e). — Incumplimiento total o parcial del convenio; 

g). — Robo o hurto por el trabajador.

Deja un comentario